ABOGADOS PARA SERVIDORES PUBLICOS Responsabilidades de los servidores públicos. Si eres servidor público Federal, Estatal o Municipal (Delegacional en el D.F.) Esta información te interesa. ¿Conoces tus obligaciones como servidor público? Todos los servidores públicos tienen un catálogo de obligaciones, si eres trabajador Federal , tus obligaciones se encuentran en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Si eres trabajador estatal, tus obligaciones se encuentran en la Ley de Responsabilidades de tu Estado. Si eres trabajador del Distrito Federal tus obligaciones están en la antigua Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. De manera adicional puedes encontrar el desarrollo de tus obligaciones en diversidad de leyes federales y locales, según el lugar donde trabajes, prestes o no un servicio al público, además encontrarás los complementos a tus obligaciones en Reglamentos Internos, Manuales de Procedimientos, Manuales de Operación, etc. ¿Has incumplido tus obligaciones como servidor público? Cuando incumples alguna de tus obligaciones como servidor público, es decir, incumples con alguna de la normatividad que aplica para tu trabajo, el Órgano Interno de Control o Contraloría Interna, te puede llamar a declarar en dos ocasiones, una para investigaciones y otra para procedimiento. ¿Qué hace la Contraloría Interna? La primera en calidad de investigación, en la que te preguntará que sabes de los hechos que se investigan; y en un segundo momento llenando todos los requisitos de ley, te llamarán a juicio en un procedimiento denominado de ?Responsabilidades de los Servidores Públicos?. En este momento, deberás defenderte de las acusaciones que te haga la contraloría interna en un documento llamado ?oficio citatorio?, que invariablemente deberá estar acompañado de una ?cédula de notificación?. En la ?cédula de notificación? deben expresarse la hora, fecha y lugar en el que se entrega el ?oficio citatorio?, en éste último deberán decirte cual es el presunto incumplimiento de tus obligaciones y el efecto que tuvo ese incumplimiento; dirá el nombre y domicilio en el que puedas consultar el expediente, y el horario de consulta. Es muy importante que leas detenidamente el ?oficio citatorio?, para identificar el o los supuestos incumplimientos que te reclama la contraloría interna, ya con base en ellos deberás hacer tu defensa por escrito, asesorado de un abogado especialista en este tema. No menos importante es consultar en el expediente administrativo los documentos en los que se basan las acusaciones de la contraloría, para el análisis de la información contenida en el expediente será necesario recabar datos respecto de las actividades u obligaciones que tienes o tenías como servidor público. Debes considerar aportar las pruebas con las que cuentes para contestar el oficio citatorio, así como la normatividad que es aplicable para las actividades que desarrollas en ti trabajo. ¿Cómo termina el procedimiento de responsabilidades? El procedimiento administrativo de responsabilidades termina cuando la contraloría dicta la resolución al expediente, que es como una sentencia, en ella debe contener el análisis de las pruebas en contra y a favor del servidor Público, en el que finalmente puede decir tres cosas fundamentalmente, que: a) No sanciona y archiva el expediente; b) Sanciona administrativamente, o c) Sanciona económicamente y administrativamente. Si eres sancionado por la contraloría, tienes dos opciones, te puedes inconformar en contra de esta resolución presentando el Recurso ante la misma autoridad o demandar el Juicio de Nulidad ante un Tribunal. Declaración de Situación Patrimonial La omisión más frecuente para cualquier servidor público es para presentar la Declaración de Situación Patrimonial, en sus diferentes versiones, DE INICIO, DE CONCLUSIÓN, O DE MODIFICACIÓN PATRIMONIAL. ¿Sabías que puedes perder tu empleo por no presentar estas declaraciones? La sanción para el incumplimiento de estas obligaciones es la destitución del cargo, comisión o servicio encomendado. Horarios para su mayor comodidad de Lunes a Viernes de10 a 19 hrs. defensadelservidorpublico@hotmail.com Mapa y Como llegarEntre eje 5 y eje 6 Actividad Reciente Abogados Para Servidores Publicos ha publicado un anuncio Abogados Para Servidores Publicos